La Licencia de Funcionamiento de SEMARNAT
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- 30 oct 2023
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La actualización de la licencia de funcionamiento la deben presentar las personas físicas o morales que operen fuentes fijas de jurisdicción federal y cuenten con Licencia de funcionamiento en materia de atmósfera, para que se realice la regulación en materia de atmósfera cuando existan cambios en sus procesos industriales, incrementen la producción anual, u otros.
Una fuente fija es toda instalación establecida en un solo lugar, que tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera (artículo 6° del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera). Cuando las actividades objeto del trámite correspondan al sector hidrocarburos, éste deberá presentarse a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).

Este trámite le aplica a las industrias química, petroquímica, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgica, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementera y calera y de tratamiento de residuos peligrosos, previstas en el artículo 111 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
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